25/11/2011 10:02 Antiguedad: 179 days
Adultos mayores accederán a beneficios tributarios en Antonio Ante
Categoría: Ciudadania, Imbabura
Por: Guadalupe Yapud
Hasta el 30 de noviembre se puede presentar los requisitos para acogerse a los beneficios de Ley.
Jacinto Yépez, de 76 años, es un hombre que ha trabajado durante toda su vida y logró tener dos terrenos de 5 hectáreas en la parroquia de Natabuela, en Antonio Ante, donde siembra “al partir”, como él dice. Con la cosecha del maíz recibe una cantidad en producto y el resto en dinero que le permite subsistir diariamente.
Ahora su preocupación se centra en los impuestos que tiene que pagar al Municipio por concepto de tenencia de tierras. Pero al llegar al Municipio de Antonio Ante le indicaron que él tiene algunos beneficios que van desde descuentos hasta la exoneración de impuestos. “Me siento más tranquilo, porque conozco que no tendré que pagar por mis tierras”, expresó.
Como se conoce, el Municipio de Antonio Ante, de acuerdo al Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización y la Ley del Anciano, puso en vigencia los beneficios de rebajas o exoneraciones en el pago de impuesto a las y los ciudadanos mayores de 65 años.
Según explicó Myrian Cisneros, directora Administrativa-Financiera, estos beneficios para el pago de los impuestos prediales, que corresponde al año 2012, están tipificados en la COOTAD y en La Ley del Anciano en su Art 14, el mismo que manifiesta que “toda persona mayor de sesenta y cinco años y con ingresos mensuales estimados en un máximo de cinco remuneraciones básicas unificadas o que tuviera un patrimonio que no exceda de quinientas remuneraciones básicas unificadas, estará exonerada del pago de toda clase de impuestos fiscales y municipales”.
Así mismo explicó que la misma Ley considera que “si la renta o patrimonio excede de las cantidades determinadas en el inciso primero, lo impuestos se pagarán únicamente por la diferencia o excedente”, es decir que estos casos, la municipalidad aplica las rebajas que se encuentren en este punto.
Los requisitos
Para acogerse a estos beneficios el o la ciudadana debe prestar los siguientes requisitos: copia de la cédula de identidad del contribuyente y cónyuge, copia de la carta del impuesto predial del año 2011 y planilla del agua potable, certificación del saldo de obligaciones crediticias para la adquisición, construcción o mejora de la vivienda en las entidades financieras (de tenerlo).
Dichos requerimientos serán receptados hasta el 30 de noviembre, en las oficinas de la dirección Financiera Administrativa del cabildo anteño.
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