29/12/2011 11:01 Antiguedad: 147 days
Correa y Cordero discrepan por veto presidencial a la Ley de la Función Legislativa
Categoría: Politica
El presidente de la Asamblea, Fernando Cordero suspendió la sesión donde se trataban las reformas a la Ley Orgánica de la Función Legislativa. El Primer Mandatario demandó la inconstitucionalidad de la norma.
La aprobación de los artículos del proyecto de reformas a la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL) que restaban por votarse en la Asamblea Nacional se postergó para el próximo año.
La ausencia de legisladores de oposición y aliados del Gobierno motivó ayer la suspensión de la sesión convocada por
el presidente de la Asamblea, Fernando Cordero, para seguir con el segundo debate de las reformas a la Ley Orgánica de la Función Legislativa.
La suspensión coincidió con las medidas cautelares emitidas por la Corte Constitucional, este martes, al tratamiento de la reforma legislativa, tras una demanda de inconstitucionalidad del segundo inciso del artículo 63 de la ley vigente.
La demanda fue presentada por el presidente de la
República, Rafael Correa, el pasado 15 de diciembre, para evitar que las reformas de la Función Legislativa, impulsadas por la oposición, pasen directamente al Registro Oficial.
El pedido fue planteado por Vicente Taiano (Prian), presidente de la Comisión de Justicia y Estructura del Estado, una vez que la oposición no logró los votos para aprobar el artículo 44 del cuerpo jurídico. El artículo pretendía extender la facultad a la Asamblea para acudir a la Corte Constitucional y pedir que se pronuncie sobre la constitucionalidad del veto del Ejecutivo a ciertas leyes aprobadas por la Asamblea.
Una vez que Cordero se disponía ordenar la votación sobre el artículo relacionado con la comparecencia al pleno de la Asamblea de los funcionarios y ministros de Estado, Taiano solicitó la suspensión del debate.
“Quiero pedirle que sabiendo que hay asambleístas que hoy no han podido asistir, posponga la votación para los primeros días de enero”, dijo.
Esto generó el rechazo del bloque oficialista, pero Cordero dio paso al pedido de Taiano ante el aplauso de la oposición.
Más tarde, en rueda de prensa, Cordero expresó su desacuerdo con la decisión del presidente Rafael Correa de demandar la inconstitucionalidad del artículo 63 de la Ley de la Función Legislativa y recordó que el propio mandatario sancionó favorablemente dicho artículo en el 2009.
“El artículo 63 que hoy día plantea el presidente como inconstitucional fue un acuerdo del que él es corresponsable. El no la vetó ni parcial ni totalmente y con su firma se promulgó (la ley). Hoy el presidente ha cambiado su opinión, está en desacuerdo con la propia ley promulgada por él, yo no he cambiado de opinión”, señaló.
Calificó de pertinente que las reformas relacionadas con la Función Legislativa pasen directamente al Registro Oficial, sin el pronunciamiento del Ejecutivo. “No voy a resolver en contradicción ni privada ni pública con el presidente, sino que tiene que dilucidar la Corte”, y anunció que responderá a la Corte sobre las mencionadas medidas cautelares.
La oposición arremetió contra la Corte Constitucional. Paco Moncayo (municipalista) calificó de inauditas las medidas cautelares de una ley que aún no ha sido aprobada en su totalidad. “Medidas cautelares se emiten cuando se afectan derechos humanos”, afirmó.
Andrés Páez (ID) desestimó la competencia de la Corte para pronunciarse sobre este tema, porque "la Corte puede conocer el caso cuando se haya presentado una apelación y no en primera instancia”.
Las medidas cautelares fueron emitidas por los jueces Roberto Bhrunis y Ruth Seni; Hernando Morales salvó su voto.
Según Taiano, los jueces prevaricaron al emitir medidas cautelares sobre un caso que no representa amenaza alguna para los derechos humanos.
Más datos: Motivo de la polémica
Artículos en discusión
El presidente Rafael Correa pide a la Corte Constitucional aclarar la prevalencia de los artículos 137 de la Constitución y 63 de la Ley de la Función Legislativa sobre reformas legislativas.
El 137 dice que la Asamblea enviará el proyecto de ley aprobado al Ejecutivo para que sancione u objete; el 63 establece que los proyectos que aprueben, modifiquen o deroguen la Ley de la Función Legislativa serán enviados directamente al Registro Oficial.
Información:
Diario El Universo
Diario Hoy
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