05/09/2010 17:13 Antiguedad: 1 yrs
OTROS MEDIOS: Correa pide a asambleístas apoyar veto de tres leyes
Categoría: Politica
Los vetos a la Ley de Educación, Código de Ordenamiento Territorial y Ley de Servicio Público tienen modificaciones de forma y fondo. Las tres generan críticas de actores sociales.
Tomado del Diario Expreso.
Las propuestas del presidente Rafael Correa en los vetos parciales a tres leyes generan preocupación en los sectores afectados.
Los rectores lamentan que en la Ley de Educación Superior la Secretaría recupere la rectoría de la política pública del sector; la Asamblea había eliminado esa atribución ahora deberá acoger o negar las observaciones del Ejecutivo.
Carlos Larreátegui, rector de la Universidad de las Américas, lamentó que la Secretaría de Educación Superior nuevamente tenga el poder que desde un inicio pretendió el Gobierno. Advierte que en la práctica este organismo estará al servicio del régimen.
El sábado en su enlace sabatino, Correa solicitó a los asambleístas respaldar el veto a la norma. Además, pidió a la ciudadanía confiar en el Gobierno. “Confíen en el Presidente y tengan conciencia de que no estoy actuando en función de mis intereses, sino en función del futuro de mis hijos, en el futuro de sus hijos y de la Patria”.
Asimismo, defendió el haber quitado a la Junta de Beneficencia la exclusividad de organizar loterías y dijo que en una próxima reunión con la institución espera recibir “a un apellido Collahuaso, Piguave, para saber que la Junta se está democratizando”.
La Asamblea tiene 30 días para allanarse al veto o insistir en el texto que aprobó. Para la última opción necesita 83 votos. Si no hay un pronunciamiento, entrará por el ministerio de la ley. (VHC)
Ley de Educación Superior
1. Secretaría recupera la rectoría
En el veto a la Ley de Educación Superior, el presidente Rafael Correa aclara que, de acuerdo con la Constitución, el Estado posee la rectoría de las políticas públicas educativas. Por ello, devuelve esta facultad a la Secretaría Nacional creada en la norma.
En el documento aprobado por la Asamblea consta que esta entidad es solo coordinadora, después de que el bloque oficialista de PAIS llegó a un acuerdo con otras bancadas y los propios rectores.
El Jefe de Estado sugiere que la Secretaría sea “el órgano que tiene por objetivo ejercer la rectoría de la política pública de educación superior y coordinar acciones entre la Función Ejecutiva y las instituciones del Sistema de Educación Superior”. El titular de la Secretaría será designado por el Presidente de la República.
Entre las atribuciones del organismo está identificar “las carreras y programas considerados de interés público y priorizarlas de acuerdo con el plan nacional de desarrollo”.
Otro de los cambios tiene relación con las instituciones superiores particulares que no reciben fondos públicos. El veto indica que cuando sea declarada su extinción su patrimonio será destinado a fortalecer a la educación superior pública o particular.
La ley señala que el remanente del patrimonio de los institutos superiores técnicos o tecnológicos privados extinguidos sea destinado a sus patrocinadores.
Además, reduce el porcentaje de los votos de los servidores y trabajadores para la elección de rector y vicerrector entre 1% y 5%. La ley aprobada por la Asamblea establece que para universidades y escuelas politécnicas públicas es 10%; y para universidades y escuelas politécnicas particulares entre 5 y 10 por ciento.
“No todo hemos podido corregir, pero hemos corregido muchas cosas que se dieron en el último momento, que distorsionan todo el sentido de la ley”, aseguró el Mandatario ayer durante su informe de labores. (VHC-CFH)
Ellos opinan
Carlos Cedeño
Rector de la U. de Guayaquil
“Desde Montecristi expresamos nuestra preocupación frente a la autonomía universitaria y lo que ha pasado nos da la razón. La autonomía universitaria pasa a ser parte de la historia, ojalá no por mucho tiempo, porque las universidades dejan de contar con su característica fundamental: la libertad para organizarse académica, administrativa, financiera y jurídicamente”. (VHC)
Carlos Larreátegui
Rector de la U. de las Américas
“Hay una embestida contra las universidades particulares. No se respeta su naturaleza, que debería regirse por sus propios estatutos y se establece un esquema de gobierno que se utiliza en las públicas. Además, restituyen a la Secretaría de Educación Superior todo el poder que iba a tener; ahí estará el verdadero poder, en manos del Presidente de la República”. (VHC)
Código de Ordenamiento Territorial
2. Cambios para regiones y rentas
El Presidente propone dos cambios relacionados con las regiones autónomas (que deben formarlas las provincias). Uno de ellos es la “obligatoriedad de buscar el equilibrio interregional”.
El texto que sugiere el Mandatario es: “Para la conformación de regiones se requerirá y garantizará obligatoriamente que exista equilibrio interregional, afinidad histórica y cultural...”.
En el documento enviado a la Asamblea explica que hay que “garantizar que esta forma de organización del Estado no atente contra el desarrollo equilibrado y equitativo de las circunscripciones que se creen”.
Además, el Ejecutivo propone que entre las atribuciones de las regiones autónomas esté la organización de loterías, con lo que la Junta de Beneficencia pierde la exclusividad del concurso. “La Lotería Nacional es un monopolio desde 1937 por decreto supremo. Es indefendible, por ley, darle una exclusividad a una institución por muy loables y nobles que sean sus fines”, dijo Correa ayer en su enlace sabatino.
Pero insistió en que el Gobierno respaldará a la Junta por la labor que ha venido realizando.
La ley dice que todos los niveles de gobierno pueden organizar loterías. Pero el Presidente considera que esta disposición puede incidir en la proliferación de juegos y dar paso a estafas y lavado de dinero.
Otro tema es que el 6% adicional del Impuesto a la Renta que estaba asignado a favor de la Comisión de Tránsito del Guayas y del Centro de Rehabilitación de Manabí, y que en el resto del país es asignado a los municipios, deberá ser acumulado a la base del cálculo del año 2010 a cada gobierno autónomo descentralizado de Guayas y Manabí, según la recaudación del Impuesto a la Renta lograda en su territorio por el ejercicio económico del año 2009.
El alcalde de Guayaquil, Jaime Nebot, exigía equidad en la distribución de estos recursos, pues el resto de cantones del país sí los reciben. (VHC-CFH)
Ellos opinan
Patricio Cisneros
Prefecto de Santa Elena
“Senplades ha establecido una propuesta de regiones; para nuestro caso es con Guayas, Los Ríos y Bolívar. Pero nosotros tenemos más vinculación con Manabí. Creo que la palabra “obligatoria” implica que se cumplan las condiciones, no al libre albedrío para que dos provincias que no tengan mayor relación se unan. El tema aún hay que consultarlo a la ciudadanía”. (VHC)
Andrés Roche
Asambleísta por Guayas
“El 6% del Impuesto a la Renta para la base del cálculo del año 2010 es hacer justicia y equidad con Guayas y Manabí. En otras provincias, la Comisión de Tránsito recibe dinero del Presupuesto General del Estado, por qué la diferencia en Guayas. Pero aún persiste la falencia en la fórmula de no premiar a los municipios eficientes y subsidiar a los ineficientes, si los hubiese”. (VHC)
Ley de Servicio Público
3. Apertura para extranjeros residentes
El veto parcial a la Ley de Servicio Público señala que los extranjeros residentes en el país podrán prestar sus servicios en calidad de servidoras y servidores públicos, en asuntos que por su naturaleza se requiera contar con los mismos.
Esto “sin perjuicio de la aplicación de los convenios bilaterales de reciprocidad que rijan esta materia, previo informe de ser el caso el permiso de trabajo otorgado por el Ministerio de Relaciones Laborales”.
En el caso de que un extranjero busque ocupar puestos de carrera “deberán tener una residencia de al menos cinco años y haber cumplido el respectivo concurso de méritos y oposición”.
Las disposiciones de la ley, dice el veto, son de aplicación obligatoria en materia de recursos humanos y remuneraciones en toda la administración pública que incluye a la Función Judicial, Justicia Indígena, Corte Constitucional y otros organismos. Queda fuera de ellos la Contraloría General del Estado.
La reestructuración de las instituciones públicas es otra de las incorporaciones de la objeción parcial. Ello dará paso a la salida de algunos empleados que accederán a indemnizaciones.
Para este caso, el Ejecutivo propone una indemnización de 5 salarios mínimos por año, desde el primer año de servicio, con un máximo de 175 salarios mínimos.
En el caso de las prohibiciones por nepotismo, el artículo 6 prohíbe “a toda autoridad nominadora designar, nombrar, posesionar y/o contratar en la misma entidad, institución, organismo o persona jurídica... a sus parientes comprendidos hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad...”.
El artículo 11 habla de la remoción de las y los servidores públicos. De esta tarea están encargados el contralor o el ministro de Relaciones Laborales “por iniciativa propia o pedido de la ciudadanía”. La norma precisa respeto a los derechos, a la defensa y al debido proceso. (MCV)
Ellos opinan
Luis Villacís
Director nacional del MPD
“Ese veto perjudica a los servidores públicos del país porque se pone en riesgo su estabilidad debido a que desconoce una observación que se hiciera al proyecto original que ponía en peligro la permanencia en los sitios de trabajo que fue cambiada. Hoy vuelve a insistir el Ejecutivo y el MPD no está de acuerdo porque el trabajo es un principio esencial en el derecho social”. (MCV)
Miguel García
Servidores públicos
“Nos preocupa que haya modificado la fórmula de cálculo en las indemnizaciones, no por el monto, sino porque consagra una inequidad ya que en el mandato 2 establece 7 salarios para los que están bajo el Código del Trabajo y plantea 5 salarios para la fórmula de cálculo. Otra cosa que inquieta es la salida de los empleados bajo el esquema de los no necesarios”. (MCV)
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